Accidente del trabajo

¿Quiénes están obligados a contratar un seguro de Accidentes del Trabajo?

Las empresas o patronos con personal dependiente que pertenezcan a las siguientes actividades:

  • Aportación Industria y Comercio
  • Aportación Caja Bancaria
  • Aportación Caja Profesional
  • Aportación Caja Civil

Aportación Rural
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Contratos de Seguros N° 19.678 en lo relativo a Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, a partir del 1º de Enero de 2020, todas las empresas que declaran en BPS bajo el Régimen de Aportación Rural, dejarán de abonar este seguro a través del aporte unificado y pasarán a tener una póliza individual en el BSE.

La Ley de Seguros establece que cada empresa que se registre en BPS bajo el Régimen de Aportación Rural tendrá automáticamente emitida una póliza en el BSE para la cobertura de Accidentes de Trabajo.

Aporte Unificado
Las empresas con los tipos de aportación que se detallan a continuación, están amparadas frente a la ocurrencia de un accidente laboral por el aporte unificado al BPS.

  • Servicio Doméstico
  • Sector Construcción

Modalidades especiales de contratación

Sector Construcción

Las empresas con este tipo de actividad no contratan la póliza directamente en el BSE.
Por disposiciones legales vigentes los seguros sobre trabajadores de la Construcción en mano de obra directa, se realizan dentro de los regímenes de aportes unificados establecidos en la ley N° 14.411 del 7 de agosto de 1975.
El BSE asiste todos los accidentes del trabajo derivados de esta rama de actividad.

Servicio Doméstico

Por disposiciones legales vigentes, a partir del 1° de enero de 2014 la cobertura de Accidentes del Trabajo (ADT) para el personal de Servicio Doméstico se abona mensualmente en conjunto con la factura del Banco de Previsión Social dentro de los regímenes de aporte unificado. Estas empresas están inscriptas en el BPS como "Servicio Domestico" y no deben contratar una póliza en el BSE.

La cobertura de siniestros del aporte unificado del sector Servicio Domestico, se verificará con la planilla de aporte al BPS y los pagos correspondientes, o directamente en los archivos de dicho Organismo.

LEY 18065 Artículo 1º (Concepto).- Trabajo doméstico es el que presta, en relación de dependencia, una persona a otra u otras, o a una o más familias, con el objeto de consagrarles su cuidado y su trabajo en el hogar, en tareas vinculadas a éste, sin que dichas tareas puedan representar para el empleador una ganancia económica directa.


CASOS ESPECIALES QUE NO ENTRAN EN APORTACIÓN DE SERVICIO DOMÉSTICO

Escuelas, comisiones de fomento, edificios

Los seguros nuevos de escuelas, comisiones de fomento, edificios y de otras actividades que no se ajusten al concepto de la Ley 18065, se emitirán en el producto ADTBPS con la actividad 9500 B (clave 9415).

Jardineros

A partir del 01/01/2014 los jardineros dejarán de estar cubiertos por la póliza de SERDOM porque no son considerados trabajadores domésticos. Para esta actividad en el BPS cuentan con un sistema de mono tributo que podría asimilarse a una empresa unipersonal sin personal, o ingresándolo en BPS como usuario de servicio. En los casos en que una familia cuente con un jardinero como empleado se asegurará por la actividad correspondiente en ADTBPS (0112A categoría A).

Seguros por fictos (seguro obligatorio que puede ser contratado por los productos ANUFIC y ADTBPS)

Opciones para empresas con Actividad Taxis

  • Se entiende como Seguro por Ficto, aquel en que el BSE fija el sueldo ficto del dependiente, determinando el capital definitivo de la póliza.
  • Se aplica a la actividad del Taxi.
  • Son pólizas nominadas con la matrícula del vehículo, en donde los dependientes son innominados.
  • Cubren exclusivamente al personal que conduzca el vehículo.

CLAVES DE FICTOS

Clave 6022B 8117 - ANUFIC - Taxis

  • Esta modalidad cubre a cualquier chofer que conduzca el taxímetro al momento del accidente de trabajo, inclusive al patrón.
  • Cubre en forma innominada a los choferes.
  • El patrón está cubierto sin recargo de tasa.
  • Es obligatorio declarar en el formulario de solicitud de seguro, él o los números de matrícula a cubrir. Se deben comunicar al Banco las altas previas y las bajas inmediatamente después de producidas de las matrículas.

Para las zonas que se detallan a continuación se aplicará el mismo ficto de Taxis que se toma para Montevideo:

  • Aeropuerto de Carrasco
  • Dpto. de Maldonado
  • Ciudades de La Paz, Las Piedras
  • Costa de Oro hasta Arroyo Solís Chico

Para el resto del país se aplicará el ficto del Interior, equivalente al 50% del fijado para Montevideo.